Asesoria Tributaria

Desde el momento que una persona hace del comercio su profesión habitual, comienza a regirse por las leyes tributaria, que son el ordenamiento jurídico que regula, como y cuando deben relacionarse con la entidad fiscalizadora que es el SII.

El servicio de asesoría tributaria comprende la implementación de controles y procedimientos necesarios para la adecuada aplicación de las normas tributarias, de manera que le permita a los contribuyentes hacer una racionalización de los impuestos y recursos financieros.

Mi asesoría consiste en proporcionar información y asistencia a los contribuyentes en sus relaciones con la Administración Tributaria, ( SII ) para así hacer valer los derechos de las obligaciones tributaria estudiar cuales son las categoría a las que pertenece o a cuales por su tamaño y naturaleza mas se aplica.


Incremento de tasa de retencion en boletas de honorarios: A contar del 1 de Enero de 2023, la emisión de boleta de honorarios presenta un cambio en su tasa de retención, aumenta al 13%. El 2 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.133 que incorpora a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, lo que les permite tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social.

Con el objeto de contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la ley estableció también que, a partir del 1 de enero de 2020, se aumentará gradualmente la retención del 10% o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) en los casos que no aplica la retención del receptor, en la emisión de Boletas de Honorarios.

Aumento gradual : El aumento en la retención será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028, de acuerdo al siguiente detalle:

AÑO AUMENTO RETENCION TOTAL RETENCION BOLETA FACTOR PARA APLICAR A MONTO LIQUIDO
2020 0,75 % 10,75 % 1,12045
2021 0,75 % 11,50 % 1,12994
2022 0,75 % 12,25 % 1,13960
2023 0,75 % 13,00 % 1,14943
2024 0,75 % 13,75 % 1,15942
2025 0,75 % 14,50 % 1,16959
2026 0,75 % 15,25 % 1,17994
2027 0,75 % 16,00 % 1,19048
2028 1,00 % 17,00 % 1,12048

EJEMPLO : Como hacer una boleta cuando solo se tiene el monto liquido.

El monto liquido recibido en Enero de 2025 es de $ 160.000.-

Multiplicar el monto liquido $ 160.000.- por el factor correspondiente al año 2025 que de 1,16959

El resultado es de $ 187.135.-, a este Monto bruto aplicamos la tasa vigente de ese año (14,50 %) $ 27.135.-

Ahora solo nos que restar al monto Bruto la tasa de retencion $ 187.135.- menos $ 27.135.- Liquido a Pagar $ 160.000.-


"El que cree que cuesta caro un profesional, no sabe lo caro que cuesta un incompetente".